...declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio presentada por los: ciudadanos: JOSE IGNACIO VELASCO GONZALEZ Y JUANA JOSEFINA MARRERO LUGO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros, V- 6.872.331 y V- 8.677.536 respectivamente y en consecuencia disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha 25 de Junio de 1.987, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda según consta en el acta N° 184, correspondiente al año 1.987, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE.