...PRIMERO: ACUERDA para la ejecución material del Desalojo del inmueble constituido por una casa distinguida con el número diez (Nº 10), ubicada en la Calle Primero de Mayo, en el Sector Lagunetica, Carretera Agua Fría, Kilómetro 7, Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, en virtud de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 29 de octubre de 2008, y confirmada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, FIJAR el día MARTES 17 DE FEBRERO DE 2015, A LAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 a.m.), conforme a los artículos 14 y 15 de la Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas; SEGUNDO: ACUERDA librar AVISO PÚBLICO, el cual deberá ser publicado en el diario EL AVANCE; en la cartelera de este Tribunal y en el inmueble objeto de la ejecución material del desalojo, con el objeto de poner a disposición del público en general y, especialmente de los interesados directamente, así.....