DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones anteriores y siendo suficiente los documentos aportados, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTOBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CUA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: LA HOMOLOGACION DE LA PARTICIÓN Y/O LIQUIDACIÓN POR MUTUO CONSENTIMIENTO DE LOS BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL existentes entre los ciudadanos NAYIVI ISQUIEL SEIJAS y GREGORY JOSE PEREZ LANDAETA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-12.085.438 y V-11.930.845 respectivamente, en la forma por ellos convenida, que es del contenido siguiente:
PRIMERA ADJUDICACION: En plena y exclusiva propiedad a la ciudadana NAYIVI ISQUIEL SEIJAS, el 92% del referido inmueble, que comprende las siguientes áreas: Una sala-comedor, una cocina, dos baños, tre.....