declarar SIN LUGAR la solicitud interpuesta por el profesional del derecho ADRINA RODRIGUEZ PIMENTEL, en su carácter de defensora privada de los ciudadanos CAMACHO SANOJA RICHARD ALEXANDER y MANZANILLA SEIJAS NESTOR JOSE, por cuanto no han variado las circunstancias que motivaron al Tribunal Quinto de Control a Decretar su Detención Judicial; en consecuencia se NIEGA LA IMPOSICIÓN DE UNA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a los ciudadanos: CAMACHO SEIJAS RICHAR, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previstos y sancionados en los artículos 5 y 6 numerales 1,2,3,10 y 3 de la Ley Sobre Hurto y ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTORES Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 278 del Código Penal Venezolano, y en contra del ciudadano NESTOR JOSE MANZANILLA SEIJAS, la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artic.....