TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUATIRE
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Guatire, diecisiete (17) de diciembre del año 2024
214º y 165º
Expediente N° 14235.-
Vista la solicitud que antecede y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de la De Cujus DORA JOSEFINA DUQUE DURAN, quien en vida fue titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.249.099, a su Hija, la ciudadana LILLEIRA LISSETTE DAVILA DUQUE, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.510.047, debidamente asistida por el profesional del Derecho SIMÓN JOSÉ PACHECO GUERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.309.906 e inscrito.....