...este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y actuando por autoridad de la Ley, considera que con los elementos de autos, ha quedado comprobado que la ciudadana TITA DOLORES NODA DE YANEZ, padece DEMENCIA SENIL GRAVE DE ORIGEN VASCULAR, HIPOACUSIA, HIPERTENSION ARTERIAL CRONICA Y PROBABLE HIPERTIROIDISMO, enfermedad ésta que la hace incapaz de valerse por sus propios medios, por lo que es obligatorio darle protección legal y en consecuencia este Tribunal, declara:
PRIMERO: La INTERDICCION PROVISIONAL, de la ciudadana TITA DOLORES NODA DE YANEZ, venezolana, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-947.317 y lo coloca bajo tutela conforme a lo establecido en el artículo 396 del Código Civil, y le designa TUTOR INTERINO, a su legítima hijo, ciudadano JESUS MARIA YANEZ NODA, venezolano, .....