En fuerza de las anteriores consideraciones, éste Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio de los ciudadanos: LUIS JOSÉ GREGORIO CENTENO SERRES y GREGORIA JOSEFINA GONSALES CEDEÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.549.830 y V-8.960.365 respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 29 de Octubre de 1.987, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Recreo, ahora Registro Civil del Recreo, Municipio Libertador del Distrito Federal, ahora Distrito Capital, según acta de matrimonio Nro. 168.-
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios P.....