Se DECLARA sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, únicos y universales herederos a los ciudadanos DORA MARIA LOPEZ AMAYA, MAUREEN MARIANNE RUIZ LOPEZ, RAMON EDUARDO RUIZ LOPEZ y IRINA ZARETH RUIZ LOPEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-15.353.796, V-13.688.327, V-14.903.379 y V-19.596.634, en su orden, en su carácter de concubina e hijos del causante RAMON RUIZ GONZALEZ, quien en vida era de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-3.006.204, de estado civil divorciado, el cual falleció ab intestato el día veinticuatro (24) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024), tal como se desprende del acta de defunción No. 214, emitida por el Registro Civil del Municipio los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha veinticinco (25) de septiembre del mismo año, ello partiendo de las exposiciones que fueron efectuadas por la parte interesada en su solicitud, en concordancia con la constanc.....