ESTE JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSION SAN ANTONIO DEL TACHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad a lo establecido en el artículo 48 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 45 ejusdem, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de la ciudadana ANA AGUSTINA LAGOS VIVAS, venezolana, natural de Ureña, Estado Táchira, nacida el 15-12-1970, de 38 años de edad, hija de Alfonso Lagos (v) y de María Candelaria Vivas (v), soltera, Obrera, titular de la cédula de identidad No. 10.139.962, domiciliada en la calle 18, No. 41, sector 5, La Integración, a 5 cuadras de un preescolar infantil, teléfono 0426-674.83.71, Estado Táchira, por la comisión del delito de TRATO CRUEL, previsto y sancionado en el artículo 254 de la Ley Orgánica para l.....