Sobre la base de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Ejecución, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCIÓN DE LA PENA POR PRESCRIPCIÓN y las accesorias relativas al artículo 16, ordinales 1° y 2° del Código Penal, impuesta a los ciudadanos FRANK ARNALDO GONZALEZ GONZALEZ, titular de la Cédula De Identidad N° V-6.071.040, Y PEDRO ALEJANDRO NACERA MARTINEZ, titular de la Cédula De Identidad N° V-5.224.862, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479, del Código Orgánico Procesal Penal y 112 ordinal 1° del Código Penal. Y ASI SE DECIDE.
Notifíquese, Publíquese y Diarícese.-