-IV-
DISPOSITIVA
Por todos los motivos precedentemente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara: 1) Subsanada la cuestión previa contenida en el Ordinal Sexto del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, atinente a defecto de forma de la demanda contemplado en el artículo 340.4 eiudem y; 2) SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal Sexto del artículo 346 eiusdem, atinente a defecto de regularidad forma previsto en el artículo 340.5 ibídem, en el juicio que por ACCIÓN RESOLUCIÓN DE CONTRATO E INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS siguen los ciudadanos EDGAR JOSÉ PEDAUGA BUSTILLOS y MARÍA DE LAS MERCEDES GOMEZ DE PEDAUGA, de nacionalidad venezolan.....