Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial del Estado Miranda, con Sede en Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARAR CON LUGAR, la solicitud de REVISIÓN DE MEDIDA, interpuesta por la interpuesta por la Dra. EMMA FERNÁNDEZ, actuando en su carácter de Defensor Privado de los ciudadanos JEAN CARLOS IGLESIAS PALACIOS, ENRIQUE JOSÉ SIERRA HERNÁNDEZ Y HUICE VÁSQUEZ HENRY, y en tal sentido Acuerda lo solicitada por la defensa DECRETA la Sustitución de la Medida de Privación Judicial Preventiva de la libertad y por las Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad del artículo 256 ordinales 3, 4 y 8 ejusdem, relativas a presentaciones periódicas cada tres días ante la Secretaría del Tribunal, expresa prohibición de salida del Distrito Capital y Estado Miranda y presentación de dos personas que se constituyan en fiadores con los requisitos del artículo 258 del.....