DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 901 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente. PRIMERO: DECLARA TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana: LUISA MATILDE SANTANA GAMEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.371.937, sobre las bienhechurías construida sobre terreno Municipal teniendo una superficie de doscientos cuarenta y un metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados (241,49 mts2), Con un área de construcción de cien metros con noventa y cinco decímetros cuadrados (100,95 mts2), según documento protocolizado por ante el Registro Público del Municipio Acevedo, bajo el N° 26,.....