...Ahora bien en el presente caso esta Juzgadora a los fines de sustanciar sobre la denuncia de fraude procesal presentada por la parte demandada en el acto de contestación de la demanda, en razón de ello este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil ordena la apertura de la incidencia solicitada por la parte demandada, ciudadana ESTRELLA DE JESÚS FIGUEROA ABANES, e INSTA a la parte actora, ciudadano SARKIS LAUTFALLAH CHAMBRA, y/o su apoderada judicial abogada DUBRASKA SEGOVIA LANDAETA, a que conteste en el primer día de despacho siguiente al que conste en autos su notificación. Y a los fines de que las partes promuevan y evacuen las pruebas que consideren conducentes para la demostración de los hechos alegados en esta etapa procesal, se abre una articulación probatoria por el lapso establecido en el Artículo 607, eiusdem. Se le advierte a las partes que la articulación de ocho (8) días a que se refiere el artículo antes mencionado.....