declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto en fecha 05 de noviembre de 2012 por el Profesional del Derecho JOSÉ GREGORIO FLORES, en su carácter de Defensor Público Octavo Penal (E) de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, contra la decisión del 29-10-2012, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, Extensión Barlovento, mediante la cual decretó la Medida de Privación Judicial Privativa de Libertad al ciudadano DOUGLAS DAVID SAER CEDEÑO, conforme con lo estatuido en los artículos 250; 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal; TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACIÓN, tipificado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas; PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, consagrado en el artículo 277 del Código Penal; .....