...ÚNICO: De conformidad con lo establecido en el artículo 471, del Código Orgánico Procesal Penal, se autoriza a la persona del penado, ciudadano CIPRIANO DE JESÚS PRIETO, titular de la cédula de identidad personal número V-10.989.611, quien cumple pena bajo la medida de pre-libertad de "destino a establecimiento abierto" o "régimen abierto", a ausentarse de las pernoctas que cumple en el Centro de Residencia Supervisada "Dr. José Alfredo Rodríguez González", ubicado en Charallave, estado Miranda, desde el día veinticuatro (24) de diciembre de este año en curso y hasta el día dos (02) de enero del año dos mil catorce (2014), fechas estas en la que deberá permanecer en residencia de familiares ubicada en el Barrio Mata Abdón 1, Calle Leonardo Ruíz Pineda, casa sin número, Municipio Rómulo Gallegos, San Carlos, estado Cojedes, absteniéndose de ingerir bebidas alcohólicas y/o sustancias estupefacientes o psicotrópicas, así como de incurrir en cualquier hecho de índole punible, quedando o.....