DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, extensión Valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO. Declara de oficio acordar al ciudadano WILLIAMS RAFAEL COLINA NAVARRO, titular de la cédula de identidad Nº V-6.137.272, a quien se le sigue causa por la presunta comisión de los delitos de corrupción propia agravada, previsto y sancionado en el artículo 64 de la ley contra la corrupción, ayuda de funcionario público en la evasión, tipificado en el encabezamiento del artículo 265 del código penal, y agavillamiento, contenido en el artículo 286 del Código Orgánico Procesal Penal sustituir la medida de privación judicial preventiva de libertad, impuesta al referido ciudadano en fecha 05-08-2015, en virtud del estado de salud debidamente aval.....