Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declarar SIN LUGAR la solicitud interpuesta por los profesionales del derecho RAFAEL JOSE RIVAS y DORA CASTILLO, en su carácter de defensores del ciudadano JORGE GOICOCHEA ARTILES, titular de la cédula de identidad personal Nro. V-06.463.943, por cuanto no han variado las circunstancias que motivaron al Tribunal Primero de Control a Decretar su Detención Judicial; en consecuencia se NIEGA LA IMPOSICIÓN DE UNA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD al ut supra mencionado ciudadano, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, en contra de quien cursa causa por ante este Tribunal, signada bajo el N° 1M-891/04; toda vez que las mismas son insuficientes para asegurar las finalidades del proceso, por existir una presunción razonable de peligro de fuga, determinado por la magnitud del daño causado y la pena que se le podría .....