este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO la Transaccion efectuada por el abogado HENRY OMAR MOLINA CONTRERAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 41.077, quien actua en su propio nombre y representación, y el ciudadano DEIBYS ADAN CASTELLANOS BARRIENTOS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-16.369.451, parte demandada en el presente juicio, debidamente asistido por la abogada ANA GRACIELA RENDÓN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 75.651, en los mismos términos por ellos expuestos, atribuyéndole carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada