DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, DECLARA TITULO SUPLETORIO suficiente de Propiedad sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, ubicadas en el sector Zumba, Parte Alta del Tamarindo, calle 5 de Julio, Guarenas, Municipio Plaza del Estado Miranda, con los siguientes linderos: NORTE: En una Línea de 3 segmentos: 1) de cuatro metros con setenta centímetros (4,70Mts), 2) de diecinueve metros con treinta centímetros (5,50Mts) con escalera pública; SUR: En una línea recta de veintisiete metros con ochenta y cinco centímetros (27,85mts) con casa que es o fue de Naldo Torres; ESTE: En una línea.....