este JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por ACCION REIVINDICATORIA interpuesta por los ciudadanos MARÍA FERNANDA VALERO CARRASQUEL y LEONARDO ENRIQUE PETIT, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédula de identidad Nros V-13.339.839 y V-13.266.858, respectivamente, contra la ciudadana MARÍA YSABEL TARACHE HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.431.676.
SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte actora por haber resultado totalmente perdidosa