V
DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de apelación ejercido por la ciudadana TIBISAY MEJIAS CASTRO, quien actúa en su propio nombre y representación, contra el auto dictado en fecha 20 de noviembre de 2018, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, conforme con lo establecido en el artículo 297 del Código de Procedimiento Civil; ello en el juicio que por DIVORCIO incoara el ciudadano REINALDO ANTONIO ECHENAGUCIA MARTÍNEZ, contra la prenombrada.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.