, ACUERDA la
REDENCIÓN DE LA PENA POR EL TRABAJO al ciudadano PANTOJA ESPINOZA DICSON MANUEL, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.557.333, por un tiempo igual a TRES (3) MESES Y TRECE (13) DIAS, de conformidad con los artículos artículo 479, ordinal 1º y 509 ambos del Código Orgánico Procesal Penal y los artículos 13° y 14° de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo.