DECLARA TITULO SUPLETORIO suficiente de Propiedad sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, ubicadas en la calle principal de Ceniza, casa N° 57, sector Ceniza, Araira, Parroquia Bolívar del Estado Miranda, con los siguientes linderos: NORTE: En nueve metros con noventa y cinco centímetros (9,95 mts) con Jeiny Pompa; SUR: En diez metros con veinte y seis centímetros (10,26 mts) con Fabrica de Sandalia; ESTE: En once metros con treinta y nueve centímetros (11,39 mts) con Yeisy Aguirre y OESTE: En nueve metros con ochenta y un centímetros (9,81 mts) con calle principal de Ceniza. Con una superficie de construcción de 100.56 M2, a favor de la ciudadana: NAHILET JOSEFINA BURAGLIA AGUIRRE, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro.V-15.699.436. Se dejan a salvo los derechos de terceros