Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guatire, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia, se ORDENA:
PRIMERO: Corregir insertando en el Acta de Defunción signada bajo el Nº 131, de fecha treinta (30) de noviembre del año mil novecientos sesenta y cuatro (1964), por ante el Registro Civil, Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda, los nombres correctos, correspondientes a las hijas del de Cujus, JULIO RAMOS GARVÁN, de la siguiente manera: "TOMASA" y "JULIA ELOISA" y que no siga como erradamente se encontraban "TIMITIDES" y "JULIA ELISA", respectivamente. -
SEGUNDO: Insértese la presente decisión en el Libro respectivo y remítase mediante oficio copias debidamente certificadas de .....