En consecuencia y por cuanto los acusados PEDRO LUIS BENCOMO FERNANDEZ, EUGENIO GOMEZ HIDALGO, EMILIO JOSE BENCOMO LOPEZ, VICTOR GOMEZ HIDALGO, han incumplido con las condiciones establecidas de comparecer a los actos procesales en la causa que se le sigue, conforme a lo establecido en el artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal numeral 1 y 260 eiusdem se ACUERDA LA REVOCATORIA de la Medida Cautelar de la cual disfrutan los acusados en la presente causa., se Acuerda librar BOLETAS DE CAPTURA en su contra, regístrese, diaricese, nitífiquese a las partes