Bajo este hilo argumentativo de orden legal y jurisprudencial, con fundamento al análisis de marras realizado por este Jurisdicente, y visto que el caso sub examine versa sobre la solicitud de Amparo Cautelar de suspensión de efectos de la Providencia Administrativa signada con el Nº 00003/2018, de fecha 27 de febrero de 2018, contenida en el expediente administrativo Nº 017-2017-04-00025 dictada por la Inspectoría del Trabajo en Los Valles del Tuy del Estado Bolivariano de Miranda, de cuyo contenido se desprende que se declaró Con Lugar los alegatos y defensas esgrimidos por la Entidad de Trabajo ELECTROCONDUCTORES, C.A e INDUSTRIAS METALURGICAS COBYAL y por el tercero afectado SINDICATO "UNION DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS SOCIALISTAS METALMECANICOS, ELECTRICOS, SIMILARES Y CONEXOS DEL ESTADO MIRANDA (UTRASOME-MIRANDA) C.A, dejando establecido que la organización sindical SINDICATO "UNION DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS SOCIALISTAS METALMECANICOS, ELECTRICOS, SIMILARES Y C.....