..HOMOLOGA EL ACUERDO planteado por los ciudadanos IDENTIDAD OMITIDA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la Cédulas de Identidad Números V-IDENTIDAD OMITIDA, respectivamente; a favor de la niña, IDENTIDAD OMITIDA de cuatro (4) años de edad,, de conformidad con el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.