DECLARA INADMISIBLE el Recurso Interpuesto por el Profesional del Derecho RICARDO FRAGA OTERO, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano BERGOLLA RANSSERS JESUS, contra el fallo proferido por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, que NEGO la solicitud de sustitución de Privación Judicial Preventiva de Libertad por una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad instada por la Defensa, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 264 y 437 literal “c” del Código Orgánico Procesal Penal.-