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Decisiones del dia 19/12/2024

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Pedro Gual.
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 2024-100 N° Sentencia : 2024-100 Fecha: 19/12/2024
Procedimiento:
Unicos Y Universales Herederos
Partes:
JESUS RAMON GONZALEZ ESPINOZA, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, DE ESTADO CIVIL CASADO, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NÚMERO V-6.390.824
Resumen:
Ahora bien, en el caso de marras la De Cujus, ciudadana GLORIA MAGDALENA AVILA DE GONZALEZ, quien en vida era venezolana, titular de la cedula de identidad número V-6.523.397, al momento de su fallecimiento se encontraba casada y con un (01) hijo, hoy fallecido, por ende, el sujeto con la capacidad de suceder sería, el ciudadano JESUS RAMÓN GONZALEZ ESPINOZA, venezolano, mayor de edad, de estado civil casado, titular de la cedula de identidad número V-6.390.824. De acuerdo a lo anterior, juzga quien aquí decide, una vez valoradas las pruebas documentales y testimoniales promovidas por el solicitante, es forzoso para este Juzgado declarar al ciudadano antes nombrado, como Único y Universal Heredero de la De Cujus GLORIA MAGDALENA AVILA DE GONZALEZ. Así se decide. Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Pedro Gual de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de R.....
Juez/Ponente:
Johanna Janeth Mora Linares
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Pedro Gual.
arriba

N° Expediente : 2024-07 N° Sentencia : 2024-07 Fecha: 19/12/2024
Procedimiento:
Oferta Real De Pago Y Deposito
Partes:
JUAN CARLOS VALLENILLA MADERA Y HENRY COLMENARES, CÉDULAS DE IDENTIDAD NÚMEROS V-14.891.263 Y V-3.658.142 CONJUNTO RESIDENCIAL VISTA AL SOL I
Resumen:
DISPOSITIVA A la luz de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Pedro Gual de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Rio Chico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley; DECLARA: PRIMERO: LA NULIDAD ABSOLUTA O RADICAL todo lo actuado desde la fecha en que se verificó la incorrección observada en la parte motiva del presente fallo, esto es, desde el 08/03/2024 -inclusive-, fecha en la cual se admitió la demanda. SEGUNDO: SE REPONE DE LA CAUSA al estado en que el Tribunal se pronuncie nuevamente con relación a la admisión de la demanda del presente procedimiento. TERCERO: SE ORDENA dictar auto de certeza con fin de que las partes puedan verificar la etapa procesal -correcta- en que se encontraba la causa para el momento de la incorrección, esto es, a partir del 08/03/2024, debiendo notificar a las partes del pres.....
Juez/Ponente:
Johanna Janeth Mora Linares
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Pedro Gual.
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