III
-DISPOSITIVA-
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara, de conformidad con los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, CON LUGAR la demanda que por ACCIÓN REIVINDICATORIA incoada por los ciudadanos ERIKA ALEJANDRA GONZALEZ RONDON, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V- 11.043.970, abogado en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 232.419, quien actúa en su propio nombre y en representación de los ciudadanos ISRAEL JOSÉ CASTAÑEDA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero y portador de la cédula de identidad No. V- 20.748.226, RADAMES JOSÉ CASTAÑEDA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad.....