...SE DECRETA LA REINTEGRACIÓN DEFINITIVA de la joven IDENTIDAD OMITIDA, a su familia de origen, concretamente con sus padres, ciudadanos, IDENTIDAD OMITIDA, titulares de las cédulas de identidad Nº IDENTIDAD OMITIDA, respectivamente; en consecuencia, SE ORDENA LA PERMANENCIA DEFINITIVA de la joven con los precitados ciudadanos quien deberá garantizar los derechos de su hija inherentes a la salud, cuidado, desarrollo, protección y educación integral. TERCERO: Una vez quede firme la presente decisión, se ordena su remisión al Tribunal Ejecutor de este Circuito Judicial, a los fines del cierre del presente expediente y remitiendo sus actuaciones al Archivo Judicial para su resguardo. Y ASI SE DECIDE EXPRESAMENTE. Cúmplase.