declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del derecho LUÍS NAVAS y JUAN CARLOS HADID, actuando en su carácter de defensores privados del ciudadano LUÍS ALBERTO LEÓN HERNÁNDEZ en contra de la decisión de fecha 07 de octubre de 2013, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de esta Extensión Judicial, mediante la cual decretó la medida de privación judicial preventiva de libertad al prenombrado ciudadano, de conformidad a lo establecido en los artículo 236; 237 y 238, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES EJECUTADO CON ALEVOSÍA, tipificado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal; en consecuencia, se CONFIRMA la decisión recurrida.