Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR la solicitud de regulación de competencia ejercida por la abogada en ejercicio BELKIS JOSEFINA BARBELLA INFANTE, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano MASSIMO COLETTA CIOFANI, contra la decisión proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda en fecha 10 de febrero de 2025, a través de la cual se declaró SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 1º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, referente a que el asunto deba acumularse a otro proceso por razones de accesoriedad, de conexión o de continencia, promovida por el prenombrado en el juicio que por COBRO DE BOL.....