DISPOSITIVA
Por lo fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este Juzgado Cuarto de primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Se condena al ciudadano DANNY JESUS OSORIO DELGADO, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.068.315, de fecha 11-11-1986, natural de Ocumare del Tuy, Estado Miranda, estado civil soltero, grado de instrucción bachiller, sin profesión y/o oficio determinado, nacionalidad venezolano, hijo de Haydee Delgado (V) y Noel Jesús Osorio (V) residenciado en calle pichincha, sector corocito, casa N° 10, Ocumare del Tuy, Estado Miranda a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION por la comisión del delito de ROBO PROPIO previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal Venezolano Vigente, en concordancia con lo establecido en los artículo.....