Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, conforme a los Artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara: PRIMERO: PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente Juicio que por ACCION REIVINDICATORIA incoado por el ciudadano LEOPOLDO PALACIOS, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-80.750, Inpreabogado Nº 005, contra la empresa CENTRO MEDIO LA CANDELARIA DE CUA C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito federal y Estado Miranda en fecha 29 de septiembre de 1999, bajo el Nº 79, tomo 201-A.-