DISPOSITIVA
Con fundamento a los hechos narrados, y al derecho motivado, éste JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, con sede en San José de Barlovento, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Primero.- Disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos: Carmen Victoria Guarirapa Rivero y Fredy Antonio Burgos Baute, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.951.702 y V-5.230.208, respectivamente. Segundo. No hay lugar a liquidación de Sociedad de Bienes Conyugales, por no existir bienes a los cuales liquidar, ni pronunciamiento respecto a la Obligación de Manutención por cuanto no procrearon hijos durante la unión matrimonial. Ofíciese al Registro Civil de personas del Municipio Páez del Estado Bolivariano de Miranda, lugar donde contrajeron matrimonio civil, los prese.....