En base a lo anteriormente expuesto, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: CONFIRMA la decisión dicta por el Primero Mixto de Juicio del Circuito Judicial Penal, de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, de fecha 22 de de octubre de 2002, mediante la cual CONDENA al acusado JOSE ANGEL OLIVARES BATATINA, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS, ONCE (11 ) MESES Y VEINTE (20) DIAS DE PRESIDIO, por ser autor responsable de la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° en concordancia con los artículos 80 en su segundo aparte y 82 del Código Penal, en la perjuicio de la ciudadana GLEDYS ZENAIDA HERNANDEZ GOMEZ; y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES CALIFIC.....