DECRETA la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de los ciudadanos: JHOSGER ENRIQUE BELTRAN MARTINEZ, venezolano, día: 16-09-88 de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V 18.092.954, de estado civil Soltero, de profesión u oficio: Obrero, hijo de: Gertrudis Martínez (v) y Francisco Beltrán (v), residenciado en: Urbanización 27 de´ Febrero, bloque 45, apto 07-08, Guarenas, teléfono 0212 3617110, 0412 5405715 y CARLOS ALBERTO LARA ESCALONA, venezolano, día: 15-08-89 de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V 21.102.247, de estado civil Soltero, de profesión u oficio: Desempleado, hijo de: María Escalona de Ve1ásquez (v) y Francisco Lara (v) , residenciado en: Urbanización 27 de Febrero bloque 45, piso 07, apto 07-05, Guarenas, teléfono 0212-339-66-91, por la presunta comisión del delito de: DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito de Susta.....