Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control No 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 330 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA al acusado DÍAZ ORELLANO HILDA, antes identificada. A CUMPLIR LA PENA DE TRES (03) años de prisión, más las accesorias previstas en el artículo 16 del Código Pena, por la comisión del delito de Posesión de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas Previsto y Sancionado en el Artículo 36 de La Ley Especial, No se condena en costas de conformidad con el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Pena que cumplirá en la forma y condiciones que fije el Juez de Ejecución que le corresponda conocer. Las partes quedaron notificadas en la audiencia oral de conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. .....