Por los razonamientos antes expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSION VALLES DEL TUY, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: UNICO: DECLARA CON LUGAR la solicitud de la defensora pública EVEHELISSE HARTING, ACUERDA LA IMPOSICIÓN DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, establecida en el artículo 256 ordinales 3°, 4° y 8º del Código Orgánico Procesal Penal; la misma beneficia a ambos acusados al ciudadano RICHARD GUILLEN y MARO RAFAEL ZAMBRANO MENDOZA; con fundamento en lo dispuesto en el Código Orgánico Procesal Penal, en los artículos 244, 250, 251, 256 y 264.
Notifíquese a las partes de la presente decisión, librase las respectivas boletas de notificación, regístrese, publíquese y déjese copia, cúmplase.
LA JUEZ PRIMERO DE JUICIO
DRA. REYNA DAYOUB ELIAS
EL SECRETARIO
ABG. JOSE M.....