"... este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: FALTA DE JURISDICCION para conocer de la homologación de la transacción presentada por WILMAN ANTONIO RAMIREZ VERENZUELA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 10.094.185, en su carácter de parte actora, asistido por la abogada María Yupanqui, inscrita en el IMPREABOGADO bajo el Nro. 121.992 y por el abogado Pedro Cárdenas, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil FREDIVE C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Nro. 55, Tomo 10-a-pro, de fecha 05-03-1970, parte demandada. SEGUNDO: Se ordena la remisión del expediente a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, mediante oficio ..."