...Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado del Municipio Autónomo Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y en virtud de la autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN efectuada entre los abogados MARCO GARCES PEREIRA y JESUS ANIBAL GONZALEZ OJEDA, en su carácter de Apoderados Judiciales de la parte actora y parte demanda, respectivamente, todos plenamente identificados en el presente fallo, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: De acuerdo a lo establecido en el artículo 277 del Código de Procedimiento Civil, no hay especial condenatoria en costas.
TERCERO: Se acuerda expedir copias certificadas de la presente decisión, asi como del escrito de transacción presentado por las partes -