declara la EXTINCIÓN DE LA PENA PRINCIPAL Y LAS PENAS ACCESORIAS, que fueran impuestas al ciudadano RAUL ALFREDO GUZMÁN, titular de la Cédula de Identidad N°V-5.081.831; por el Juzgado Cuarto en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal y sede, quien lo condenó a cumplir la pena de UN (01) AÑO, NUEVE (09) MESES Y QUINCE (15) DÍAS DE PRISIÓN, por ser autores responsables del delito de ESTAFA CONTINUADA, tipificado en el artículo 464 en concordancia con el artículo 99, ambos del reformado Código Penal; así como también fue condenado a cumplir las penas accesorias previstas en el artículo 16 ibídem. Como consecuencia de lo anterior, se declara igualmente la extinción de la responsabilidad criminal, y la libertad plena del prenombrado ciudadano. Todo conforme con lo dispuesto en el artículo 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo previsto en los artículos 105 y 16 del Código Penal....................