CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos PEDRO RAFAEL BELLO ESCALA y JACQUELINE DEL VALLE BRITO de BELLO, antes identificados, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia DISUELTO el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha nueve (9) de septiembre del año mil novecientos ochenta y ocho (1988)