...DISPONE: PRIMERO: Se suspende la presente causa conforme a lo previsto en el artículo 144 in comento; SEGUNDO: Se ordena la citación de los Herederos Desconocidos de los referidos causantes, conforme a lo establecido en el artículo 231 del Código de Procedimiento Civil, a cuyo fin se ordena librar edicto en el que se llame a quienes se crean asistidos de algún derecho, para que comparezcan a darse por notificados ante este Juzgado en horas de despacho, en un término de sesenta (60) días continuos siguientes a la última publicación, consignación y fijación que del referido edicto se haga en el expediente, a fin de que se hagan parte en el presente procedimiento, el cual será publicado en los diarios "ÙLTIMAS NOTICIAS" y "LA REGIÒN. En el entendido que el lapso de los diez (10) días comenzará a correr una vez vencido el término de los sesenta (60) días concedido a los Herederos Desconocidos y así se decide. Líbrese edicto y déjese constancia de lo actuado...