Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Segundo de Juicio, de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda Extensión Valles del Tuy, ACUERDA:
U N I C O: MODIFICA, la medida privativa del libertad que fuera impuesta a la acusada DEYSI JOSEFINA RUIZ PERDOMO, titular de la cédula de identidad número 10.349.963, y en su lugar le impone el cumplimiento de la medida cautelar sustitutiva de libertad contenida en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, que consiste en presentaciones ante las Oficinas de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial, cada ocho (8) dias, así como la contenidas en el ordinal 4° como lo es la prohibición de salida de la Circunscripción Judicial de este Tribunal, y la obligación de presentarse a todos los actos para los cuales sea citada hasta la culminación del debate oral y público. Emítase la correspondiente Boleta de Excarcelación. Notifíquese a las partes.
LA JUEZ SEGUNDA DE JUICIO,
ADALGIZA T. MARC.....