Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Higuerote, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de COBRO DE BOLIVARES, incoará la Sociedad Mercantil INVERSIONES ADMYSER, C.A., en contra de los ciudadanos NESTOR ANGEL AZUAJE BLANCO y ALEX AZUAJE AVILA, ambas partes identificadas al comienzo del fallo. Y decide así:
SEGUNDO: Se condena al pago de TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE CON CUARENTA Y SEIS CENTIMOS (BS. 38.367,46), cantidad perteneciente a los recibos insolutos referidos a los meses de mayo de 2008 hasta el mes de febrero de 2013, los cuales se dan aquí por reproducido. Mayo 2008 Bs. 177,80; septiembre 2008 Bs. 365,54; octubre 2008 Bs. 176,21; Noviembre 2008 Bs. 298,51; Diciembre 2008 Bs. 161,78; Enero 2009 Bs. 268,61; Febrero 2009 Bs. .....