...SE ACUERDA DECRETAR, como medida cautelar innominada en beneficio de aquellos, LA COLOCACIÓN FAMILIAR de la ciudadana niña (Identidad Omitida), en el hogar de su abuela materna la ciudadana CARMEN TERESA GONZALEZ de VELASCO, antes identificada, de conformidad con el artículo 466 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia, la ciudadana CARMEN TERESA GONZALEZ de VELASCO, titular de la cédula de identidad Nº 4.464.297, será la responsable de la niña (Identidad Omitida), y en consecuencia ejercerá su guarda y representación provisional, ante instituciones pública o privadas de conformidad con el artículo 398 ejusdem,.