OTORGA al imputado JULIO ENRIQUE VARGAS MAURY, titular de la Cédula de Identidad N° V-20.825.208, la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad prevista en el Artículo 256 ordinal 9º del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la obligación de comparecer por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público ante cualquier llamado que se le realice con relación a la presente causa.